La Dirección Nacional de la Patrulla Caminera hace un llamado a los conductores para que se adhieran a la Ley N° 5016/2014 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”.
Esta ley, vigente desde 2014, establece claras directrices para evitar la obstrucción de los carriles de circulación y el estacionamiento indebido en las rutas nacionales.
En caso de averías mecánicas, es imperativo que los vehículos estén debidamente señalizados con los dispositivos de seguridad correspondientes.
Esto es crucial para prevenir accidentes y garantizar la seguridad en las vías. Además, se insta a los propietarios a retirar sus vehículos averiados de la vía pública lo antes posible.
Sanciones por incumplimiento
La ley contempla diversas multas para quienes infrinjan las normas de tránsito. Por ejemplo, el Artículo 63 sanciona a los conductores que impidan la fluidez del tráfico, mientras que el Artículo 66 penaliza a aquellos que obstruyan el paso de peatones u otros vehículos.
Estas sanciones son parte de un esfuerzo más amplio para mantener el orden y la seguridad en las carreteras.
La ley también aborda el estacionamiento indebido y la presencia de obstáculos en la vía pública.
Se establecen multas para situaciones como estacionar en lugares que afecten la seguridad o la visibilidad, así como por la presencia de vehículos abandonados.
Estas disposiciones buscan asegurar que las vías públicas permanezcan libres de obstáculos y seguras para todos los usuarios.
Finalmente, la ley prevé la retención de licencias y vehículos que incumplan con las normativas, especialmente aquellos que obstruyan la circulación o la visibilidad.
Estos vehículos pueden ser removidos por la autoridad competente, y los propietarios deberán asumir los costos asociados a este procedimiento.
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