La jueza de la Niñez y Adolescencia de Pedro Juan Caballero, había ordenado no publicar fotos de un menor a medios de comunicación e internautas de las redes sociales.
Sin embargo se "olvidó" de ordenar inmediatamente el retiro de las fotos del menor de las redes sociales de la madre y denunciante el juez Cristhian Sánchez.
La Constitución Nacional y el Código Civil paraguayo establecen limitaciones para la adopción por parejas del mismo sexo. El artículo 52 de la Constitución Nacional señala que la unión en matrimonio del hombre y la mujer es fundamental en la formación de la familia, y el artículo 140 del Código Civil prohíbe taxativamente el matrimonio entre personas del mismo sexo.
La exposición de fotos de menores en redes sociales en Paraguay es un tema delicado que involucra la protección de la privacidad y seguridad de los niños.
Consideraciones importantes:
Protección de la privacidad: El Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 1680/01) establece que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la privacidad y la protección de su imagen. Los padres o tutores son responsables de proteger esta privacidad.
Riesgos: Compartir fotos de menores en redes sociales puede exponerlos a riesgos como el Grooming, el ciberacoso o la explotación.
Recomendaciones:
Consentimiento: Es importante obtener el consentimiento de los padres o tutores antes de publicar fotos de menores.
Contenido: Evitar publicar imágenes que puedan comprometer la seguridad o dignidad del menor.
Privacidad: Configurar las cuentas de redes sociales en modo privado y limitar el acceso a la información.
Educación: Educar a los menores sobre el uso seguro de las redes sociales y la importancia de la privacidad.



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