También su reclusión en un Centro Penitenciario de Máxima Seguridad.

Durante sus alegatos finales, el fiscal Ortiz argumentó: “conseguimos escuchar, palpar prácticamente cómo direccionaba, cómo manejaba, cómo se le informaba y se le pedía autorización para las diferentes operaciones que hacían al negocio o a los ‘negocios’. Tenemos patente también ese lucro, ese dinero que es ingresado por la venta de estas sustancias ilícitas. Tenemos alusión también a los actos de comercio realizados entre los miembros de la organización y terceros.” 

 A su vez mencionó que para esta representación pública definitivamente se da en su doble fase la tipicidad en cuanto a la existencia de elementos objetivos y subjetivos existe un dolo, que es saber y querer y es de primer grado. 

“Yo quiero comerciar, yo quiero lucrar por eso me meto en este negocio, por eso direcciono este negocio, por eso ofrezco mi servicio, mi colaboración, mi ánimo societario ─como se suele establecer y llamar también en la esfera civil─ para unificar intenciones, ejecutar y planificar ideas”, expresó el agente Fiscal, con respecto a lo que asume como pensamiento del acusado. 

A modo de finalizar su alegato, comentó “definitivamente por esa circunstancia también se debe establecer como también existente el nexo causal de esta persona con respecto a lo establecido en la conducta establecida en el artículo 44 de la ley 1340. Se debe dar por positivo entonces la tipicidad”. 

El fiscal concluyó mencionando “Con respecto a la reprochabilidad, ─ya lo dije─, una persona mayor de edad, es joven, tiene capacidad suficiente para entender lo que sucede a su alrededor, direccionar voluntariamente las decisiones que internamente toma y con esas decisiones cambiar la realidad. Por ende, también para esta representación pública es una persona reprochable”.

PENA SOLICITADA 

El fiscal Ortiz advirtió que Rotela “se encontraba cumpliendo cumpliendo pena realizando todas estas conductas”. 

Calificó a Rotela como “una persona joven, completa, sana, física y mentalmente está apta para el trabajo. Refirió esta persona que definitivamente no sabía qué pasó, por qué, que a él no se le encontró nada; que el plan del cual a él se le endilga  es ciencia ficción. O sea, niega la realidad y hasta se burla del Tribunal, de los presentes y de todos. Pero bueno, no hay más ciego que aquel que no quiere ver y está en su derecho de tratar de negar todas estas circunstancias”.

Respecto a la vida anterior del acusado, refirió que cuenta con tres condenas, 2008 robo agravado, tráfico de drogas 2011 y tráfico de drogas y en 2016 posesión y comercialización de drogas peligrosas, posesión de arma de fuego. En ese sentido, agregó que “Existen muchas personas que en igual o peores condiciones, tanto económicas como culturales, todos los días se despierta a las 3 de la mañana y trabajan como burros alquilados en el mercado de Abasto ─por dar un ejemplo─ o en el mercado 4. No viven en Palacios, no tienen vehículos, pero sí se ganan el pan día a día. A lo mejor tienen muchas vicisitudes económicas, pero tienen un trabajo honesto, se ganan el pan. No recurren a pretextos para comisión de hechos punibles. 

“Por toda esta circunstancia, esta representación pública, teniendo en cuenta estos puntos, la pena justa y útil para este ciudadano a la luz de la conducta desplegada, las pruebas obtenidas, sería de 21 años de pena privativa de libertad por un lado e igualmente, recluirlo en un establecimiento de seguridad», finalizó.

OTROS ACUSADOS 

Así también solicitaron 20 años de cárcel mas 6 años de medida de seguridad para Juan Javier Rodas Román, alias Picholi, el considerado como el brazo derecho y persona de confianza de Rotela.

Por su parte 17 años de cárcel para Carlos Damián Fernández González, alias Tingui; 19 años de cárcel más 4 años de medida de seguridad para Vicente Ignacio Chase Lauseker, alias Peko, y 10 años de cárcel para su pareja Carmen Carolina Ortiz Figueredo.

Por último pidieron, 18 de cárcel para el agente penitenciario Christian Mario Martínez Medina; 17 años de cárcel para Fredy Magdaleno Pérez Montiel, y 15 años de cárcel para Ronald Herminio Cantero Ibáñez.

El Observador