Los abogados Carolina y Víctor González, defensores del procesado, habían requerido la aplicación del arresto domiciliario y presentaron el estudio de factibilidad para la utilización de la tobillera electrónica.

Los mismos indicaron que la magistrada había resuelto el cambio de calificación de homicidio doloso, con pena de 5 a 20 años de cárcel, a homicidio culposo, pasibles de sanciones de 6 meses a 5 años o multa.

De esta manera, indicaron que al ser la expectativa de pena mucho menor, podría ser pasible de medidas alternativas a la prisión, entre ellos, el arresto domiciliario.

Carvallo corrió traslado al representante de la querella adhesiva, que se opuso a la medida cautelar, ya que había planteado recurso de apelación en contra de la resolución que cambió la calificación del hecho punible, por lo que no estaba firme.

Con ello, sostuvo que hasta ahora, la expectativa de pena, sigue siendo alta, con lo que se opuso a la concesión de la medida menos gravosa.

Al analizar el caso, la magistrada entendió que apenas dos días habían pasado de su resolución del cambio de calificación de homicidio doloso a homicidio culposo, pero con la apelación de la querella, el fallo no estaba firme.

Además, indica que hasta tanto no quedara firme el fallo, la expectativa de pena seguía siendo alta, con lo que mantuvo la prisión preventiva, a la espera del fallo del Tribunal de Apelación.

Al final, el procesado chofer del Bolt seguirá recluido en el Centro Nacional de Prevenidos, mientras se investiga la causa.

La causa es por la muerte de Arnaldo Ramón Grance Coronel, ocurrida el 1 de mayo de 2026 en el barrio Mburucuyá de Asunción, tras una discusión vinculada a un viaje por plataforma.

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