Cinco de los miembros del órgano juzgador votaron por iniciar el enjuiciamiento y solicitar la suspensión de ambos, pero el art. 18 de la ley del JEM establece que son seis los votos necesarios para iniciar un juzgamiento o investigación preliminar de oficio. Los miembros Enrique Berni y Diego Candia votaron por archivar la causa.

El archivo se impuso con los votos del consejero Enrique Berni y del diputado Diego Candia, quienes consideraron que no existían elementos suficientes para sostener un mal desempeño. Berni fundamentó su voto en un análisis del expediente N.º 2652/23, en el que concluyó que tanto la fiscal como el magistrado actuaron dentro de los límites de la ley.

Según explicó el consejero, la fiscal Palacios realizó diligencias para esclarecer los hechos, como pedidos de cooperación internacional, informes policiales y citaciones de testigos y que su decisión de solicitar el sobreseimiento provisional se basó en criterios de objetividad ante la falta de pruebas nuevas y las contradicciones de los testimonios. En cuanto al juez Rojas, Berni sostuvo que aplicó correctamente el Código Procesal Penal (CPP) a dictar el A.I. Nº 337 que dispuso el levantamiento de medidas cautelares, sin que se evidencie irregularidad. Por tanto, propuso el archivo del caso, postura que fue finalmente aprobada.

En disidencia, el ministro César Garay consideró que existían indicios de irregularidades graves, señalando que tanto la rectificación de la acusación fiscal como el sobreseimiento definitivo configuraban posibles causales de mal desempeño. Garay propuso el enjuiciamiento de oficio y la suspensión preventiva de los funcionarios, postura que contó con el respaldo de los demás miembros del órgano juzgador, Alicia Pucheta, Manuel Ramírez Candia, Derlis Maidana y Mario Varela.

El recuento final arrojó cinco votos a favor del enjuiciamiento y dos por el archivo, por lo que, al no alcanzar los seis votos requeridos por la Ley Nº 6814/2021, la investigación fue archivada definitivamente.