La denuncia fue como resultado del informe elevado por el Asesor Contable de dicho municipio, el Lic. Juan B. Sotelo, donde fueron detectadas varias irregularidades dentro de la administración, entre ellas, la falta de documentos respaldatorios que contienen pagos ejecutados por valor de Gs. 1.288.021.279.

La investigación tuvo origen en 2012 tras un informe del asesor contable del municipio, el Lic. Juan B. Sotelo, que identificó irregularidades en la administración de la intendencia. Entre los puntos destacados en la denuncia se incluyen la falta de documentos respaldatorios por pagos ejecutados que sumaban más de 1.288 millones de guaraníes; Uso indebido de fondos destinados a la pavimentación, con un faltante de más de 84 millones de guaraníes, incumplimiento en la transferencia del 15% del impuesto inmobiliario a municipios con menores recursos y retrasos en pagos a la Caja de Jubilaciones del Personal.

A pesar de estas denuncias, investigaciones posteriores determinaron que varios de estos hechos no constituían un delito conforme al Código Penal vigente, o bien, los fondos observados fueron finalmente acreditados. El Ministerio Público, a través de su Fiscalía Adjunta, argumentó que los hechos denunciados habían prescrito conforme al artículo 102 del Código Penal, que establece un plazo máximo de cinco años para el tipo penal de lesión de confianza. Dado que los hechos ocurrieron durante 2011 y la denuncia se presentó en 2012, la prescripción se materializó en 2016.