El Ministerio Público representado por el fiscal Luis Said y el Abog. Pablo Villalba, en representación del acusado presentaron sus alegatos en la fecha. El Tribunal de Sentencia presidido por el juez Oscar Rodríguez Masi, convocó para el 17 de septiembre a las 12:00 horas la realización de la réplica y dúplica y posterior sentencia sobre la pena.

En el primer juicio los fiscales Teresita Torres, Carina Sánchez y Luis Said; así como la querella, habían solicitado una condena de 8 años de cárcel para Cárdenas pero el Tribunal de Sentencia dictó solo 2 años de condena. Dicho fallo fue apelado por el Ministerio Público y el Tribunal de Apelaciones de Central confirmó el reproche del exintendente pero ordenó un nuevo juicio para la medición de la pena.

Previo al juicio, La Sala Penal de la Corte declaró inadmisible la casación interpuesta por Roberto Cárdenas, exintendente de Lambaré, contra el Acuerdo Sentencia Número 90 del 3 Agosto del 2022, que ordena el reenvío de la causa para un nuevo juicio sobre medición de la pena, por lesión de confianza.

En su voto, la ministra Carolina Llanes explicó que la resolución impugnada no pone fin al procedimiento -como requiere la norma para este medio extraordinario-, puesto que, el reenvío de la causa a otro tribunal de mérito para el estudio de la pena imposibilita que la parte de la sentencia que no fue anulada (existencia del hecho, culpabilidad del procesado y pena impuesta) adquiera firmeza en su totalidad, considerando que, la base para la aplicación de una sanción penal es la constatación de un comportamiento típico, antijurídico y reprochable, votando por declarar inadmisible, al cual se adhirió el ministro Luis María Benítez Riera.

Se trata de la causa penal al exjefe comunal por el desvío de G. 5.704 millones de los fondos provenientes de los Royalties que debían ser utilizados en la pavimentación de varias calles de la ciudad.

El Observador