La misma está procesada por supuesta coima, prevaricato y otros hechos punibles, que surgieron luego de la desgrabación de los chats del exdiputado Eulalio “Lalo” Gomes, que falleció en un tiroteo con la Policía el 19 de agosto del 2024 y era investigado por diversos delitos.
En la desgrabación de los chats supuestamente hubo intercambio de favores entre ambos y de ahí la magistrada fue imputada. La jueza dijo que la imputación debe ser anulada porque no se le dio derecho a la defensa ni se respetó el debido proceso porque la desgrabación no se hizo con control judicial.
Sin embargo, el juez Estigarribia dijo que “no se advierte vulneración al debido proceso ni al derecho de defensa que justifique la declaración de nulidad absoluta pretendida”.
La defensa de la magistrada sostuvo que se habría vulnerado la cadena de custodia del teléfono celular de “Lalo” Gomes y que la difusión del supuesto contenido de los chats perjudicó con anticipación la presunción de inocencia de la jueza Silva.
En el trámite del pedido de nulidad, la Fiscalía intervino y pidió el rechazo del mismo. Según el Ministerio Público los datos fueron extraídos del teléfono de Gomes por orden judicial dentro de una causa penal.
El juez indicó que el acta de imputación cumple con todos los requisitos y que la magistrada podrá ejercer su defensa en la oportunidad que se le presente para el efecto.
Hubo una descripción de los hechos, se identificó a la imputada y se detallaron los elementos de sospecha que sustentan la imputación fiscal. Por lo tanto, la imputación cumple con los requisitos y no hay nada que anular, señaló el juez Estigarribia.
El juez sostuvo que la nulidad que pretende la defensa de la magistrada no es la vía procesal para atacar una imputación presentada por la Fiscalía, porque la imputación en sí no es una decisión y que la misma debe discutirse en un juicio. Por lo tanto, el pedido hecho es inadmisible.



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