El magistrado explicó que la Acordada N° 1406 del 1 de julio de 2020, dictada por la Corte reglamenta la implementación de los Tribunales Especializados creados por Ley 6379/2019, y dispone, en lo pertinente al presente proceso, que será competencia del Tribunal especializado de delitos económicos y corrupción en los procesos por los siguientes hechos punibles: a) lavado de activos, previsto en el art. 196 del código penal. b) conducta conducente a la quiebra, previsto en el artículo 178 del código penal, conducta indebida en situaciones de crisis, previsto en el artículo 179 del código penal, c) lesión de confianza previsto en el artículo 192 del código procesal penal. e) evasión de impuestos previsto en el artículo 261 ampliado por Ley 5.655/16.
Conforme lo resuelto por el auto apertura a juicio, el monto aproximado del perjuicio patrimonial equivalente que supera los 27.920 jornales mínimos para actividades diversas no especificadas, que se pueden obtener del auto de elevación y que se colige que el perjuicio es a 31 clientes; G 867.087.725 como monto total del perjuicio patrimonial causado a los clientes estafados. Además, la deuda con el IPS, G 1.814.934.276 de Aportes no pagados a la seguridad social por Mocipar Propiedades S.A. Deuda con el IPS (Mocipar Hogar S.A.) de 18.000.000 de aportes no pagados a la seguridad social por Mocipar Hogar S.A; transferencia fraudulenta de G 325.000.000 que oscila la suma pagada en exceso por Mocipar Propiedades S.A. en una operación con Cristal Inversiones S.A.; pago ficticio (Country Club del Sol) de G 400.000.000 de monto declarado sin respaldo documental por Dany Durand; vehículo Mercedes Benz por valor de US$ 79.000 (aprox. G 580.000.000) del valor del vehículo cedido gratuitamente por Mocipar Automotores S.A. a Durand Propiedades S.A.; que si sumamos, el monto estimado es de G 3.005.021.001.
El magistrado mencionó además que una vez desarrollados el Juicio oral y público tendrá que determinar si afecta a acreedores (públicos o privados); si puede perjudicar a empresas, trabajadores o acreedores privados; o si afecta directamente al Estado; como también se encuentra deudas con el IPS (ente estatal).
Concluyó que se dan las condiciones establecidas en la acordada ut supra mencionada, por lo que corresponde la remisión del expediente al Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos y Corrupción para la sustanciación del juicio oral y público.
ACUSACIÓN
En esta causa están acusados:
Dany Durand: estafa, estafa en grado de tentativa, asociación criminal, conducta conducente a la quiebra, conducta indebida en situación de crisis, evasión de aportes a la seguridad social, lesión de confianza y lavado de activos.
Fernando Román Fernández: estafa, estafa en grado de tentativa, asociación criminal, conducta conducente a la quiebra, conducta indebida en situación de crisis, evasión de aportes a la seguridad social y lesión de confianza.
Marcela Adriana Durand Fernández (hija de Dany Durand y Marta Graciela Martínez): estafa, asociación criminal, conducta conducente a la quiebra, conducta indebida en situación de crisis, evasión de aportes a la seguridad social, lesión de confianza y lavado de activos.
Luz Marina González de Durand (esposa de Dany Durand): estafa, asociación criminal, conducta conducente a la quiebra, conducta indebida en situación de crisis, evasión de aportes a la seguridad social y lesión de confianza.
Diana Teresita Britos Ocampo de Román: estafa, asociación criminal, conducta conducente a la quiebra, conducta indebida en situación de crisis, evasión de aportes a la seguridad social y lesión de confianza.
Flavio Arturo Britos Ocampo: estafa, estafa en grado de tentativa, asociación criminal, conducta conducente a la quiebra, conducta indebida en situación de crisis, evasión de aportes a la seguridad social y lesión de confianza.
Myriam Elizabet Teme Buscio: conducta conducente a la quiebra y conducta indebida en situación de crisis.
María Cristina Coeffier Villalba: conducta conducente a la quiebra y conducta indebida en situación de crisis.
Se trata de la causa 5756/2019 relacionada con la denuncia presentada por 31 víctimas, quienes pagaron cuotas por más de 10 años, algunos incluso por 15 años, sin recibir ningún beneficio acordado, logrando cobrar de estas personas G 867.087.725.
También en esta causa se investiga a los acusados por presuntamente, en su carácter de directivos del Grupo Mocipar, haber privado del beneficio del seguro social y las consultas médicas a sus empleados, tras dejar de pagar por el Aporte Obrero Patronal al IPS, dejando una millonaria deuda de G 1.832.934.276, hecho por el cual Dany Durand y otros exdirectivos del grupo están acusados.
Además será juzgada la conducta de los citados por su comportamiento durante el proceso de quiebra de la firma.
El Observador



COMENTARIOS