Estos informes figuran como parte de las diligencias pendientes que motivaron el pedido de sobreseimiento provisional tanto para Isabel Bracho y como de la actuaria suspendida Ruth Ferreira, y están dirigidos a la Superintendencia de Bancos del BCP, Instituto Nacional de Cooperativismo, INCOOP, y de igual la manera en el mismo sentido a través de Seprelad, “para ver si tiene algún tipo de movimiento económico sospechoso que permita sostener que pudieron haber recibido sumas de dinero y bueno, esto nos permite de alguna manera a través de inferencias llegar a la conclusión de que efectivamente estamos frente a personas que cometieron hechos punibles como el cohecho pasivo y frustración de la persecución y ejecución penal”, explicó a El Observador Radio TV.

Según el investigador, estos informes pueden ser claves en caso de no contar con una prueba directa como ocurre en el caso de la ex fiscal Egidia Gómez, quien ya está acusada.

“Si de por ahí no se puede lograr una prueba directa, a través de pruebas indirectas como el movimiento económico o algún movimiento sospechoso se pueda sostener de que efectivamente recibieron sumas de dinero que no tienen manera de justificar 

Remarcó además que la situación de Isabel Bracho dista con la de Egidia Gómez, ya que varios testigos presenciales y directos indicaron ante el Ministerio Público que efectivamente “la ex fiscal tenía a su cargo la droga y que ella fue la encargada de llevar la droga hasta lugar donde se hizo el análisis químico y laboratorial. Entonces, de esa manera la tenemos a ella de manera directa, de alguna forma para decir así, con los hechos que fueron acusados”, mencionó el investigador.

Antecedentes

El fiscal Christian Benítez solicitó al Juzgado de Garantías el sobreseimiento provisional a la ex jueza Isabel Bracho y la actuaria Ruth Karina Ferreira Brítez, investigadas por cohecho pasivo agravado y frustración de la persecución y ejecución penal, en atención a que los elementos colectados actualmente no otorgan la certeza suficiente sobre la existencia de los hechos punibles y el grado de participación del o los imputados.

El planteamiento señala en sus consideraciones generales que se han incorporado diversos elementos de prueba, estos resultan insuficientes para acreditar con el estado intelectivo de certeza positiva el acaecimiento de los hechos.

Además de dicho factor, debe tenerse en cuenta el rechazo de la prórroga extraordinaria requerida por el agente fiscal Néstor Coronel por extemporánea, también las recusaciones tanto a Coronel como a la fiscal Luz Guerrero, que han impedido el normal desarrollo de las diligencias conducentes a la verdad real de los hechos, además quedan pendientes catalogadas como imprescindibles para dicho fin

“Resulta relevante recalcar que la falta de elementos probatorios no se debe a una desidia del Ministerio Público, pues como bien se ha manifestado se han realizado múltiples diligencias probatorias, pero se ha tropezado con inconvenientes externos a la voluntad de esta representación”, afirma el agente

Entre los pendientes figuran el Informe del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia con relación a un sumario administrativo contra la abogada María Luján Palazuelos, que fue consignado en la rechazada solicitud de prórroga extraordinaria. De la misma forma, resulta pertinente hacer mención a la necesidad de realizar una pericia de acústica e imagen de cada uno de los audios vinculados a la ex jueza Isabel Bracho para dicho efecto se deberá solicitar vía oficio a la Policía Nacional cada uno de los audios vinculados a la misma, a fin de corroborar que obra en el Ministerio Público toda la evidencia vinculada a la ex jueza penal de garantías.

El Observador