Según lo establecido por la Ley 716, que sanciona delitos contra el medio ambiente, manifestó que el responsable del siniestro se expone a una pena de entre 3 y 8 años de cárcel.

Además, refirió que algunos factores como la afectación de la fauna y flora, la determinación de si hubo dolo (acto intencionado) o culpa (falta de intención), así como el valor monetario del daño producido, incidirán en el aumento de la pena.