“Teniendo en consideración de lo preceptuado en el Art. 358 del C.P.P. en el cual se limita a este Juzgado a resolver conforme al requerimiento de la Fiscalía General del Estado no pudiendo apartarse del pronunciamiento del mismo, por lo que en efecto, corresponde otorgar el sobreseimiento definitivo a favor de los imputados”, dice parte del considerando del juez.