La actividad se realizó conforme a los plazos contemplados en el Código Electoral, que en su artículo 290 establece que la propaganda electoral se extenderá por un máximo de sesenta días contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios, en los que está prohibida toda clase de propaganda electoral.

La normativa establece que en los comicios internos de los partidos políticos, la propaganda electoral no podrá exceder de treinta días. Foto: Ilustración