En un giro inesperado, el Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala, anuló la sentencia que condenaba a Pedro José Lerea Ramírez a 3 años y 7 meses de prisión por tenencia, consumo y tráfico de sustancias estupefacientes. La resolución se dio tras la apelación presentada por el Ministerio Público, que denunció errores en la valoración de la prueba y una fundamentación contradictoria en el fallo.

La fiscal Ingrid Cubilla argumentó que el Tribunal de Sentencia basó su decisión en informes médicos contradictorios, sin fundamentar adecuadamente la reducción de la reprochabilidad del acusado. Según la apelación, el fallo podría sentar un precedente peligroso al interpretar que el consumo de drogas puede atenuar la responsabilidad penal en delitos de tráfico.

En su análisis, los camaristas Bibiana Benítez Faría y José Agustín Fernández votaron a favor de la anulación del fallo, destacando que la sentencia tenía inconsistencias graves. Señalaron que, por un lado, el Tribunal de Sentencia reconoció que el acusado Pedro Lerea Ramírez actuó con dolo en la comercialización de drogas, pero, por otro, redujo su responsabilidad alegando una afectación en su estado de conciencia debido a su adicción.

Por otro lado, el camarista Delio Vera Navarro votó en contra de la nulidad, argumentando que la sentencia se basó en pruebas admitidas en juicio y que la valoración de las mismas correspondía al Tribunal de Sentencia. Con la decisión tomada por mayoría, el caso será reenviado a otro Tribunal de Sentencia para un nuevo juicio.