Antes de ingresar al análisis de los chats, el fiscal explicó que el Ministerio Público no se encontraba ante hechos aislados ni ante una sola licitación irregular, sino frente a un esquema sostenido en el tiempo, en el que Roa, como máxima autoridad de la SEN, tenía dominio funcional sobre la liberación de pagos, pudiendo autorizar, acelerar o demorar los desembolsos a proveedores.

En ese contexto, Corbeta señaló que esa posición fue utilizada para exigir y recibir ventajas indebidas, y que la prueba no se limitaba a documentos administrativos o pericias contables, sino que incluía evidencia digital directa, obtenida de los teléfonos celulares incautados, que permitía observar cómo se coordinaban pagos, favores y dádivas en tiempo real.

Al ingresar al análisis de los mensajes, el fiscal refirió que, en la página 5052 de la extracción, se observa cómo Alberto Koube instiga al ministro Roa con la entrega de beneficios para la liberación de pagos, escribiéndole: “Tengo cosas para entregarte, ¿cómo hacemos?”, a lo que el entonces ministro responde: “Yo retiro mañana”.

Posteriormente, ya en fechas cercanas a la liberación de pagos millonarios, Koube vuelve a contactarlo. El 20 de diciembre de 2021, le escribe: “Kore, papacho, el pan dulce, papá”, mensaje al que Roa responde: “Sí, en breve”. Al día siguiente, el empresario insiste: “Papacho, pan dulce y sidra”, recibiendo como respuesta: “Enseguida sale el pan dulce y la sidra. Yo te aviso”.

El fiscal remarcó que estos intercambios no pueden leerse como simples expresiones coloquiales, ya que se producen en coincidencia temporal directa con la emisión y liberación de cheques desde la Secretaría de Emergencia Nacional a empresas vinculadas al propio Koube.

De hecho, a foja 5221, Roa envía al empresario una fotografía del cheque correspondiente al primer pago realizado a favor de la empresa de Katherine Ayala Ramos, por un monto aproximado de G. 1.560 millones, librado contra la cuenta de la SEN. Ese mismo día, el ministro consulta si el cheque ya fue retirado y, tras la respuesta afirmativa, contesta: “Bien ahí”.

Los mensajes continúan en los días siguientes. El 27 de diciembre, Roa vuelve a escribir: “Ya tenemos que ver lo del pan dulce”, a lo que Koube responde: “Mañana me dijiste”. Al día siguiente, el empresario insiste: “No salió lo de la sidra”. El ministro replica: “Kore, todo ya salió. ¿Qué es lo que falta?”, y Koube contesta: “Falta techo y JP”. Roa responde: “Techo ya salió 621 y también Kiri”, en alusión según explicó el fiscal a Kirichenko, otro proveedor vinculado al mismo esquema.

En mensajes posteriores, Roa informa que los papeles ya estaban listos y que Katherine Ayala podía pasar a retirar, señalando incluso que pensó que los pagos ya habían sido cobrados.

Corbeta destacó que la prueba documental respalda estos intercambios. Conforme a los antecedentes del expediente, los cheques librados por la SEN por aproximadamente G. 1.560 millones y G. 624 millones fueron depositados en la cuenta del Banco GNB del Grupo Tapyracuai S.A., pese a que formalmente estaban a nombre de la empresa de Katherine Ayala Ramos.

Los depósitos fueron realizados por Alfredo Martinetti, funcionario de confianza de Alberto Koube, lo que según el Ministerio Público confirma que el dinero ingresó finalmente a las cuentas del verdadero beneficiario de la operativa.
Tras exponer los mensajes, el fiscal Corbeta sostuvo que este tramo de la evidencia digital cierra el circuito probatorio, ya que conecta de manera directa la adjudicación direccionada, la inversión realizada por el empresario, la liberación de pagos desde la SEN y la recepción de dádivas por parte del ministro.

Remarcó que no se trata de una relación personal inocua ni de gestos de cortesía, sino de ventajas indebidas entregadas como contrapartida por actos propios del cargo, lo que permite afirmar según la acusación que existió una conducta dolosa y sostenida en el tiempo.

Con esta explicación, el fiscal dio por concluido el análisis de los mensajes y avanzó hacia las consecuencias jurídicas, vinculando este bloque probatorio con los hechos de lesión de confianza, cohecho pasivo agravado y lavado de dinero atribuidos a Joaquín Roa Burgos y Alberto Koube.

El Observador