El magistrado analizó lo expuesto por las partes y rechazó el pedido de la defensa legal para que tanto el ex jugador de fútbol y su hermano, sigan sometidos al proceso pero el libertad ambulatoria.

En conferencia de prensa tras abandonar su oficina, el juez Gustavo Amarilla comentó que estudiaron los presupuestos presentados por la defensa legal de Ronaldinho. Indicó que expusieron la conveniencia de que ambos procesados puedan estar litigando en libertad sin restricción de la medida cautelares, considerando que tenemos un delito, no crimen, y con una expectativa de pena carcelaria de hasta 5 años.

“Ofrecieron además una fianza real de una propiedad de un señor de apellido Bittar Sabe, valuada en casi US$ 800 mil. Son 5 fincas todas juntas en la zona de Itá Enramada de Asunción y con ese monto, asegurar que ambos no se fugarían y que quedarían a disposición de la Justicia”, dijo.

Agregó que los abogados del exatleta manifestaron que en caso de no lograr la libertad ambulatoria, que se considere la aplicación de por lo menos la prisión domiciliaria en el domicilio ofrecido como fianza real, con custodia policial.

Fiscalía se opuso al pedido

La Fiscalía escuchó los presupuestos y se opuso al pedido, alegando que no es suficiente el monto de la propiedad que se está ofreciendo, según refirió Amarilla. “Hacen a una circunstancia de que es un monto ínfimo para la solvencia económica que podría tener Ronaldinho”, afirmó.

Otro cuestionamiento del Ministerio Público, cuyo equipo estuvo encabezado por los fiscales Marcelo Pecci y Osmar Legal, es que no fueron presentados los documentos donde se informan si la propiedad en cuestión se encuentra libre de gravamen y sobre quién puede disponer libremente de la misma.

“Luego señalaron cosas que hacen a la investigación y la necesidad de que ambos sigan sometidos a la Justicia. La causa se encuentra en estado incipiente, tiene 5 días de haberse empezado. Con la necesidad de realización de diligencias y de que ambos podrían fugarse”, agregó.

Se decidió mantener la prisión

Amarilla aseveró que el Juzgado a su cargo estableció que la conductora provisoria atribuida a ambos brasileños el de Uso de Documentos Públicos de Contenido Falso y no la producción de los mismos, así como antes había emitido resolución.

“Ahora corregimos eso y la siguiente resolución fue mantener la medida cautelar de la prisión en la Agrupación Especializada, en libre comunicación y a disposición del Juzgado”, afirmó.