La defensa recurrió el Acuerdo y Sentencia N.° 26 del 11 de diciembre de 2025, dictado por el Tribunal de Apelación Penal de Itapúa. Sin embargo, la ministra preopinante Carolina Llanes señaló que el casacionista no adjuntó la cédula de notificación del fallo de alzada.

Ante la falta de dicho documento para constatar la fecha de notificación formal, y realizando el cómputo del plazo legal directamente desde la fecha de la resolución recurrida hasta la presentación del recurso el 2 de febrero de 2026, la ministra expuso que la casación fue interpuesta de forma extemporánea. Por este motivo, votó por declarar la inadmisibilidad de la presentación, postura a la que se adhirieron los ministros Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia.

Gustavo Adrián Chamorro Chaparro fue condenado a 5 años de pena privativa de libertad, además de la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo por el plazo de 2 años.

En juicio quedó probado que el conductor se encontraba bajo los efectos del alcohol, con un resultado de 0,68 mg/l al momento de causar el accidente de tránsito en el que falleció Alexander Ariel Cardozo Román, de 26 años. El percance fatal ocurrió el 27 de marzo de 2022 en la localidad de Cambyretá, departamento de Itapúa.