Las abogadas Sara Parquet de Ríos y Paola Gauto, recurrieron el A.I Nº 244 de fecha 27 de agosto de 2024, y su aclaratoria el A.I. Nº 270 de fecha 6 septiembre de 2024, dictadas por el Tribunal de Apelación Penal de la Capital Cuarta Sala.

El fallo de primera instancia (AI 244) había rechazado el incidente de nulidad interpuesto por la querella adhesiva e hizo lugar al sobreseimiento definitivo de Fretes, sin embargo la aclaratoria admitió la apelación de la querella y anuló el fallo apelado en todas sus partes.

La Sala Penal indicó que la presentación aducida no cumple las disposiciones de forma, dado que la resolución recurrida no es objetivamente impugnable por esta vía. La misma no tiene el efecto ni la virtualidad de poner fin al procedimiento, extinguir la acción o la pena, o denegar la extinción, conmutación o suspensión de la pena, según lo preceptuado por el Art. 477 del CPP, por lo que fue declarada inadmisible.

En octubre del año pasado, la fiscal María Alejandra Savorgnan acusó y solicitó juicio oral y público para Marcello Fretes Laterra y Héctor Grau Arroyo por lesión grave, en el marco de la investigación de la agresión a Benjamín Zapag, hecho que habría ocurrido en un local nocturno el 6 de noviembre de 2022.

El Observador