“Estamos monitoreando, solamente podemos acceder a la información en base a lo que la mesa de entrada de la Sala Constitucional nos informa, tenemos la información de que ya existieron votos de los ministros, pero nosotros no conocemos el sentido de los votos. Aparentemente, faltaba un tercer voto, eso es lo formal, informalmente también se maneja la información de que los tres votos ya fueron dados, simplemente está faltando una notificación formal, pero mientras no exista una notificación yo, porque tuve experiencia del manejo de la Corte Suprema en cuanto a los votos de cada ministro es una facultad de ellos tienen a veces hasta inclusive rever el voto. Ya cuando quitan la resolución en limpio y firman, es ahí donde efectivamente sale la decisión jurisdiccional”, refirió Piñánez.
“Esto es en cuanto al estado actual del proceso, ahora bien, lo que se anda comentando mucho, habiendo escuchado algunos ministros en donde en otros casos, adelantaban cierta posición Entonces, el miedo de que esa opinión puede hacerse, puede ser utilizada en un proceso similar. Yo no lo veo tan así y sí, es sin precedente, en el sentido de que en primer lugar esa acción fue planteada ya incluso posterior a la audiencia preliminar y antes de la elevación a juicio oral y público, cuando este juicio oral y público se iba a iniciar, la defensa, incluso había planteado al Tribunal de Sentencia de que no se haga el juicio oral, atendiendo que había un pedido a la Corte de que suspendan los efectos. ¿Que hizo la el Tribunal de Sentencia? Emitió un oficio a la Sala Constitucional y ellos dijeron, uno, que no había ninguna medida cautelar y por otro lado, que estaba pendiente y por eso se realizó el juicio. El efecto que va a tener esto, de que si se declara inconstitucional una resolución judicial que fue dictada anterior al juicio oral y público y que pueda anular eso que vos dijiste sí, para mí también considero que es escandaloso, en el sentido de que va a ser el primer caso en que se anula una sentencia de un Tribunal, de que de ninguna manera es cuestionada. O sea, queda sin efecto una sentencia que no tiene vicio alguno, incluso confirmada por una Cámara de Apelación y esto es un desgaste obviamente. El efecto, es que se tendría que hacer de nuevo un juicio oral y público con otros magistrados, y estamos hablando de un proceso muy técnico en el caso del Ministerio Público que representa el Estado participaron peritos, incluso peritos externos, se gastó mucho en la preparación de este proceso judicial. Por otro lado, yo no veo que exista porque el argumento de la defensa es una supuesta violación al doble conforme, yo ya di mi posición, no existe una violación al doble conforme, cuando la Cámara admite el recurso de apelación especial y posteriormente toman la decisión de lo que dice la ley que es irrecurrible”.
“Si vamos a la irrecurribIlidad o no de un auto de apertura a juicio oral, estoy viendo que hay una distorsión de criterio entre lo que dice la Sala Constitucional y la Sala Penal, que algunos ministros tienen posiciones totalmente antagónicas, y por otro lado de que la Sala Constitucional sea una sala que esté por encima de las otras”.
“Realmente estoy muy desanimado, porque no es nomas decir no, que se haga no más de nuevo juicio, o sea, hacer de nuevo un juicio que ni siquiera fue cuestionado y ya fue confirmado, hacer de nuevo es un desgaste demasiado difícil”.
Piñánez, incluso recibió un reconocimiento de la sociedad civil por su trabajo en la investigación a Cuevas, que terminó con la condena del exparlamentario, en primera y segunda instancia. La condena en dos instancias, ahora puede ser reducida
El Observador
Por otro lado, la defensa de Cuevas presentó un recurso extraordinario de casación contras las condenas de primera y segunda instancia.



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