A travs de su cuenta de Twitter, el actual viceministro de Empleo y Seguridad Social realiz un recordatorio importante de cara a las prximas fiestas de fin de ao.

En tal sentido, se dirigi a los dueos de bares, negocios y organizadores de eventos cuyos empleados tengan previsto cumplir con su jornada de trabajo en Navidad y Ao Nuevo.

En su tweet, Daniel Snchez reitera que ambos das son feriados y, por lo tanto, si los empleadores hacen trabajar a sus funcionarios deben pagarles el doble de lo que corresponde.

Dany Snchez [] @danysanchezpy

[] DATO A TENER EN CUENTA.
A los dueos de bares, negocios y organizadores de eventos los das 25 de Diciembre y 01 de Enero les recuerdo:
Esos das son feriados por lo tanto si hacen trabajar a sus empleados deben pagarles EL DOBLE.
E L D O B L E.

De acuerdo a los establecido en el Cdigo Laboral Paraguayo, las horas trabajadas en das feriados sern pagadas con recargo del 100% sobre el salario hora ordinario de da hbil.

Para hacer el clculo se debe tener en cuenta el monto de salario establecido en el contrato del trabajador. Por ejemplo, si una persona percibe un sueldo mensual de 3.000.000, su jornal diario es de G. 115.385 (se debe dividir el monto total por 26 das).

Cabe recordar que, actualmente, el monto del jornal diario mnimo es de G. 84.340. Dicho monto vara si es que la persona cobra un monto superior al salario mnimo legal vigente.

Esta consideracin del pago doble en los das feriados tambin se contempla en los casos de personas que acuden a trabajar los das domingos.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) insta a todos los trabajadores a acercarse hasta la oficina ubicada en Luis Alberto de Herrera e/ Paraguar de lunes a viernes de 07:00 a 15:00 en caso de sufrir cualquier tipo de incumplimiento laboral para radicar la denuncia.