Recordemos que las defensas de la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la química farmacéutica Sandra Natalia Hermosa habían apelado las condenas de 4 y 3 años de cárcel, respectivamente. Las mismas fueron condenadas por el homicidio culposo de la joven Sol Chávez, quien murió el 09 de abril del año 2021 a raíz del consumo excesivo de flúor recetado por la odontóloga y preparado por la química farmacéutica, en el marco de un tratamiento odontológico.
Odontóloga Lilia Espinoza y Química farmacéutica Sandra Hermosa
Esta condena se dio en el marco de un tercer juicio oral para las mismas, debido a la anulación de los dos anteriores. El colegiado, presidido por el juez Francisco Ortiz, se había ratificado en que no podía aplicar una pena superior a la que ya se impuso en el primer juzgamiento, razón por la cual no hizo lugar al pedido de aplicar la pena máxima de 5 años que pidió la fiscal Teresita Torres.
En ese sentido, tampoco aplicó la sanción adicional de prohibición del ejercicio de la profesión, por el mismo principio. En este juicio solamente se estableció la sanción para ambas acusadas, puesto que en el primer juicio ya se probó la responsabilidad de ambas en la muerte de la joven. De igual manera, las penas son iguales a las del primer juicio.



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