Los acusados son: Pedro Molinas Noguera, Rubén Darío Duarte Jacquet, Mario Figueroa Velázquez, Sebastián Ramon Silva López, Venancio Bolaños Torres, Carlos Ever Navarro Morales, por los hechos de Asociación criminal (Art. 239 CP inc. 1, numeral 4) y Cohecho pasivo agravado (Art. 301, inc. 1), en calidad de autores.

Faustino Ramón Aguayo, por tráfico internacional (Art. 21), actividades tendientes a remitir a países extranjeros o a introducir al nuestro, estupefacientes (Art. 26), tenencia (Art. 27) y comercialización (Art. 44) de la Ley 1340/88; Asociación Criminal, soborno Agravado (Art. 303, inciso 1, alternativas «ofrecer y prometer»), en calidad de autor.

Según la acusación, Entre mayo de 2018 hasta agosto de 2019, funcionó la organización criminal liderada principalmente por Faustino Ramón Aguayo Cabañas y Gustavo Fleitas Benítez, también integrado por Gerardo Barrios, Eugenio Ramón Osorio Villalba, Mauricio Flores Esquivel, Antolin Villalba Alves, Crescencio Aldana Martinez, Derlis Daniel Cabrera Cabañas, Marcos Flores Esquivel y un colaborador externo de nombre Basilicio Cabrera Vera, quien brindaba informaciones al conjunto ilícito, mediante su hijo Derlis Cabrera.

En dicho lapso de tiempo, los participantes del mencionado grupo criminal, mediante la distribución de funciones y roles, realizaron las actividades ilícitas de tráfico de drogas, desde el territorio nacional.

Faustino Ramón Aguayo daba todas las indicaciones necesarias a los demás integrantes, respecto a cuándo, cómo y dónde movilizarse para trasladar las cargas de sustancia estupefaciente, dentro del territorio nacional, para su posterior remisión al extranjero. También, recibía los reportes cuando su carga de droga estaba asegurada bajo el dominio de su persona de confianza, identificada como Gustavo Fleitas.

Igualmente, una vez que recibía las informaciones, ya sea de los miembros de su núcleo familiar, también de los agentes policiales que le brindaban servicios de cobertura, de acuerdo a los datos sensibles que obtenían en razón de los cargos que ocupaban, en especial acerca de la presencia de los órganos de seguridad en la zona en la que operaba el conjunto ilícito, Faustino Aguayo les alertaba a los demás integrantes para que tomen los cuidados correspondientes, con el objeto de no ser descubiertos y aprehendidos con sustancia estupefaciente.

De esta manera, el grupo criminal mencionado llegó a acopiar la cantidad de 381 kilogramos de cocaína, en la localidad de Sargento José Felix López, del Departamento de Concepción, la cual fue hallada el 24 de enero de 2019.

También, el 06 de febrero de 2019, fueron halladas, en Colonia Cerro Memby, del Departamento de Concepción, la cantidad de 2.199 kilogramos de cocaína, cuya droga se encuentra vinculada con la citada organización ilícita.

Finalmente, el 26 de agosto de 2019, fueron halladas en la ciudad de Arroyito, del Departamento de Concepción, la cantidad de 388 kilogramos de cocaína, ocasión en que fueron detenidos Marcos Flores Esquivel y Basilicio Cabrera.

El acopio de las mencionadas cargas ilícitas fueron realizadas con la finalidad ulterior de remitir al extranjero, desde el territorio nacional, específicamente desde la zona del Departamento de Concepción, y dicha actividad, la referida organización criminal las realizó con la cobertura de agentes policiales identificados como: Pedro Molinas Noguera, subcomisario, jefe del Departamento de Crimen Organizado de la Policía Nacional, asignado a la oficina regional de Amambay; Mario Figueroa Velázquez, suboficial mayor, del Departamento Antinarcóticos de la Policía Nacional; Rubén Darío Duarte Jacquet, subcomisario y jefe de la Comisaría 15, Sargento José Félix López (Ex 2 Puentesiño) y posteriormente jefe de la Comisaría 16; Sebastián Ramón Silva, subcomisario, jefe y posteriormente subjefe, de la Comisaría 15, Sargento José Félix López (Ex Puentesiño), de Concepción; Venancio Bolaños, suboficial superior, del Puesto Policial n.° 17, del Departamento de Amambay; y Carlos Ever Navarro Morales, suboficial inspector, de la Comisaría 15 de Concepción; quienes utilizaron sus respectivos cargos, para contribuir con el grupo criminal, para cuyo efecto mantenían comunicaciones telefónicas principalmente con Faustino y Gustavo Fleitas.

Como colaboración, concretamente, recibían de los mencionados agentes policiales, distintas informaciones que los citados uniformados manejaban en el ejercicio de sus funciones, tales como: la llegada a la zona en la que operaba el grupo criminal, de comitivas integradas por funcionarios del Ministerio Público y agentes especiales de la SENAD o del Departamento Antinarcóticos de la Policía Nacional de Asunción, para ejecutar procedimientos propios de las respectivas instituciones; la presencia de agentes policiales del Departamento de Criminalística, también del Departamento contra el Abigeato, de la Policía Nacional, que realizaban trabajos en la zona; la realización de patrullas dentro del ámbito en el que conjunto criminal operaba, ya sea a pedido de Faustino Ramón Aguayo o de Gustavo Fleitas, cuando estos detectaban las presencias de personas extrañas o de agentes de diferentes organismos de seguridad u otras instituciones del Estado; o bien de manera voluntaria, cada tanto, para mantener informados a los mencionados líderes de la agrupación ilícita, con el objeto de alertarlos, a fin de que no sean descubiertas sus actividades criminales o no sean aprehendidos los integrantes de la organización criminal.

A cambio de estas contribuciones, Faustino y Gustavo indistinta o respectivamente, brindaban a los agentes policiales beneficios, generalmente de índole económico, los cuales les entregaban en efectivo o mediante giros por billeteras electrónicas o sistema de cambios de dinero, para los cuales pactaban encuentros en algún punto que consideraban estratégicos, o bien proporcionaban números de empresas telefónicas, también de datos de casa de cambios, para recibir la plata.

El Observador