Citó el Art. 53 de la Ley Orgánica Municipal: ante renuncia, la Junta debe elegir al nuevo intendente por mayoría en sesión extraordinaria.
Denunció que el miércoles 26/06 rechazaron por mayoría tratar el interinato. Pero "dos horas después" apareció una resolución firmada por el intendente Pablino Arévalos nombrando a su sucesor, lo que "no tiene potestad de hacer".
TRANSCRIPCIÓN TEXTUAL DEL VIDEO
"Buenas noches... quiero hacer este video para explicarles la situación en nuestro distrito..."
"En todos los distritos de este país hay una Ley Orgánica Municipal, Art. 53: una vez que el intendente renuncia... el Presidente debe llamar a extraordinaria automáticamente y elegir el nuevo intendente..."
"El miércoles pasado... el concejal Arnaldo Achucarro mocionó que se trate el intendente interino. Secundaron 4. Pedí cuarto intermedio, nos reunimos 5 minutos, rechazamos por mayoría..."
"Dos horas después por redes sociales nos enteramos que hay nuevo intendente. Nos presentó una resolución donde el intendente hizo la resolución. El intendente no tiene la potestad de hacer la resolución y nombrarle a su sucesor. La Junta debe elegir."
"Al renunciar el intendente ayer jueves a las 12:45... se llama a extraordinaria. Para quorum debemos estar 5 concejales. 4 concejales del equipo de él no se presentó. Y ahí me eligieron como intendente y me hicieron la resolución."
"Ahí yo automáticamente me quedo como intendente... Ellos hasta ahora no quisieron aceptar. Espero que se respete la Ley Orgánica Municipal... No confío mucho por la ley de nuestro país... pero espero que se respete en el distrito."
"El lunes a primer hora vamos a asumir. Estoy seguro que vamos a asumir la intendencia."



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