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2020-09-10
Acordada de la Corte Suprema no suspende los plazos del código procesal penal, afirman
El doctor Gonzalo Sosa, secretario de la Corte mencionó que la institución emitió una acordada donde se establece la suspensión de los plazos administrativos procesales desde el 10 hasta el lunes 28 de septiembre. Acotó que la acordada no suspende los plazos establecidos en el código procesal penal.

Aseguró que el documento establece que se postergará siempre y cuando la causa no disponga con expediente electrónico o trámite, de lo contrario expresó que no corresponde la suspensión. Por otro lado, indicó que en el artículo 31 de la acordada expresa que los juicios orales que ya se hayan iniciado deben continuar con el proceso hasta la finalización.

«La acordada establece en el artículo segundo la suspensión de plazos procesales hasta el lunes 28. Siempre y cuando no cuenten con expediente electrónico. Los procesos que ya iniciaron no se suspenden, no hay porque suspender. Van a proseguir los juicios y los juicios orales candelarizados van a seguir», explicó.

Sobre personas que acuden hasta la institución:

Así también enfatizó en que «el jefe de Seguridad me manifestó que hubo una suerte de relajación de personas en la institución. El número normal que acude al Poder Judicial fuera de la pandemia es de 12 mil, hace dos semanas venían casi el 50 % de ellas».




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