Igualmente, se indicó a los que utilizan estos juegos de azar como fuente de ingresos que deben regularizar la explotación de las mismas en los lugares adecuados, de acuerdo a lo que establece la Ley 6903/2022 “Que establece medidas de protección a menores de edad ante la influencia de las máquinas tragamonedas.
La municipalidad deberá notificar a cada propietario de estos locales y de acuerdo al plazo establecido, si no se acercan a cumplir con sus obligaciones tributarias, se aplicarán las sanciones previstas en las leyes comunales y nacionales del caso.
Los organismos como la Consejería Municipal de la Niñez y la Adolescencia (CODENI) y la Secretaría de la Niñez, velaran por el cumplimiento de la prohibición de niños, en los sitios donde haya juegos de azar, tales como mercados, despensas, peluquerías, salas de internet, farmacias, hamburgueserías, en la vía pública, y en todo negocio o comercio que no se dedique al rubro de los juegos de azar.
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