En relación a la niña de 11 años, la representante del Ministerio Público lo imputó por el hecho punible tipificado en el Art.135 a. de la Ley Nº 6002/17,”Que Adopta Normas para la Prevención de Abuso Sexual y la Atención Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes, víctimas de Abuso Sexual”, por la comisión del supuesto, en concordancia del Art.29 inc.1º, ambos de la ley del CP.
El hecho se habría producido en la localidad de Ñemby, la pequeña víctima de tres años fue derivada hasta el Hospital de Clínicas en estado gravedad, por las múltiples lesiones que le causó fallas multiorganicas, constatándose su deceso en horas de la mañana de este sábado.
En tanto que la niña de 11 años, tras lo ocurrido, reveló que el abuelastro habría también intentado sobrepasarse con la misma en varias ocasiones, cuyas insinuaciones eran rechazadas por la niña, hechos que ocurrían en ausencia de la madre. La misma fue inspeccionada y se descartan signos de abuso en ella.
La representante del Ministerio Público, cuenta con suficientes elementos para ampliar la imputación contra el sospechado.



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