La reglamentación establece que los extranjeros que acrediten residencia permanente o temporaria mediante el Documento Nacional de Identidad argentino mantendrán el acceso gratuito al sistema de salud estatal en igualdad de condiciones que los ciudadanos locales. Por el contrario, quienes ingresen bajo la condición de no residentes o turistas deberán presentar una cobertura de salud privada válida o abonar el arancel correspondiente antes de recibir la prestación médica programada o de carácter no urgente. En los casos donde el paciente cuente con seguro, la institución deberá notificar a la firma prestadora en un plazo de 24 horas para la emisión de la factura electrónica, mientras que la falta de seguro exigirá la cancelación de un presupuesto previo.

La normativa ratifica con carácter estricto que la atención médica frente a situaciones de urgencia o emergencia no podrá ser denegada ni demorada bajo ninguna circunstancia administrativa. Se consideran emergencias vitales aquellos cuadros de riesgo cierto e inminente para la vida, tales como paros cardiorrespiratorios, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas y urgencias obstétricas o pediátricas, correspondiendo exclusivamente al profesional médico tratante la clasificación del estado del paciente. Una vez estabilizada la persona y superada la fase crítica, los costos de los procedimientos posteriores deberán ser consolidados para su posterior facturación.

Con esta reglamentación directa sobre los establecimientos de órbita nacional, el Gobierno central unifica el marco administrativo federal, alineándose a esquemas de arancelamiento que ya venían aplicando diversas administraciones provinciales en sus respectivas jurisdicciones. El Ejecutivo argentino argumentó que la medida busca proteger la sostenibilidad financiera del tesoro público, ordenar los flujos asistenciales y garantizar la cobertura médica universal e inmediata ante contingencias graves sin distinción del estatus migratorio del paciente.

LOS HOSPITALES NACIONALES COMENZARÁN A COBRAR LA ATENCIÓN A EXTRANJEROS NO RESIDENTES

El Gobierno Nacional reglamentó las modificaciones a la Ley de Migraciones y estableció cómo deberán proceder los hospitales nacionales ante la atención de extranjeros sin residencia… pic.twitter.com/I0qKSRUv5o

— Ministerio de Salud de la Nación (@MinSalud_Ar) August 11, 2026