Gaona tiene razón en que el Artículo 289 de la Constitución Nacional no establece un plazo para juntar las 30.000 firmas. Textualmente dice que pueden pedir la reforma "treinta mil electores, en petición firmada", sin poner meses o años límite. Por eso la Justicia Electoral entrega las planillas sin fecha de vencimiento.

Sin embargo, la práctica indica que sí se vencen:

El TSJE debe verificar que cada firma coincida con el Padrón Electoral vigente. Si el proceso se extiende hasta 2027, muchas firmas antiguas pueden ser invalidadas por fallecimiento, cambio de domicilio o depuración del padrón.

Por eso, aunque no caduca en la ley, la estrategia de apurar la presentación en noviembre, como dice Gaona, es clave para que las 30.000 firmas no se caigan en la verificación.