La defensa del juez en lo Civil y Comercial de Capitán Bado, imputado por supuesto lavado de activos en la modalidad de frustración del comiso, en grado de tentativa, cuestionó que el Ministerio Público no haya descrito ni individualizado adecuadamente la conducta atribuida a su representado. Además, sostuvo que los fiscales utilizaron reiteradamente expresiones como “habría ordenado”, “habría dispuesto” y “habría aprobado”, lo que, a su criterio, demuestra falta de certeza sobre los hechos investigados.

Sin embargo, Otazú señaló que dichas expresiones tienen carácter provisorio y son propias de un acta de imputación, pues constituyen proposiciones fácticas que forman parte de la hipótesis del órgano acusador. En consecuencia, concluyó que se cumplieron las formas y condiciones previstas en la legislación procesal penal y rechazó la nulidad solicitada.

El magistrado fue imputado el pasado 15 de septiembre por los fiscales Christian Benítez y Verónica Valdez, quienes investigan su actuación en la subasta de dos inmuebles pertenecientes a la estancia La Nelly, ubicada en el distrito de Azotey, departamento de Concepción, vinculada al narcotraficante brasileño Luis Carlos Da Rocha, alias Cabeza Branca.

Según la imputación, Sánchez Zaracho habría ordenado la subasta de las propiedades pese a que contaban con medidas cautelares vigentes y expectativa de comiso dentro de una causa penal por narcotráfico y lavado de activos.

La Fiscalía sostiene que, en agosto de 2023, la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico) comunicó al magistrado la existencia de restricciones judiciales sobre los inmuebles. Posteriormente, informes de la Dirección General de los Registros Públicos también confirmaron la vigencia de una prohibición de innovar.

Pese a ello, el 8 de noviembre de 2023 se realizó la subasta de los bienes, que fueron adjudicados a la firma Grupo Paraná S.A. Posteriormente, el magistrado aprobó el remate y ordenó su inscripción preventiva a favor de la empresa. Sin embargo, Registros Públicos rechazó la inscripción debido a las medidas cautelares existentes.

Por su parte, Sánchez Zaracho defendió públicamente su actuación y sostuvo que procedió conforme a derecho. Argumentó que el embargo ejecutivo de los inmuebles fue inscripto antes que las restricciones penales en los registros correspondientes.

El 17 de septiembre pasado, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió retirar los fueros al juez e iniciar un procedimiento en su contra, además de solicitar su suspensión.

Posteriormente, el 7 de octubre, el pleno de la Corte Suprema de Justicia dispuso, por unanimidad, la suspensión preventiva sin goce de sueldo de Sánchez Zaracho, mientras continúa el proceso relacionado con su actuación judicial.