Según los camaristas, los agravios presentados por la defensa no encuentran sustento legal, ya que la simple interposición de una excepción de inconstitucionalidad no suspende el curso del proceso principal. Además, indicaron que las actuaciones principales están a disposición de las partes ante el Juzgado Penal de Garantías.

“No existe un obstáculo legal ni procesal que impida el desarrollo del proceso ni que, en el caso concreto, impida la sustanciación de la audiencia preliminar”, señala parte del fallo. En la audiencia se resolverá si ambos son o no enviados a juicio oral y público por el hecho punible de tentativa de contrabando.