Los abogados defensores, Cristóbal y Álvaro Cáceres habían presentado un recurso de apelación general contra el auto de apertura a juicio oral y público dictado por la Juez Penal de Garantías Humberto Otazú, que rechazó el pedido de nulidad de la acusación, así como el pedido de exclusión probatoria de la declaración testimonial de dos testigos y tampoco a la solicitud del incidente de sobreseimiento provisional.

“Nuestra parte, planteó la nulidad de la acusación en razón de que la misma según se desprende de la lectura, el mismo, se ha basado en una deficiencia de la acusación y en una supuesta prueba pericial que no se ha practicado o llevado a cabo durante de la etapa preparatoria por el Ministerio Público, habiéndose llevado a cabo la misma como acto investigativo… poco o nada refieren los fundamentos del Juzgador A-quo, con respecto a este vicio de la acusación que además se ha fundado en una prueba realizada en abierta violación del derecho a la defensa” señaló la defensa.

Sin embargo, para los Camaristas Arnulfo Arias, Bibiana Benítez y Arnaldo Fleitas el auto dictado ha dado respuesta justificada, legal y razonable a cada uno de los planteamientos de las partes en la audiencia, decidiendo admitir la acusación al encontrar que cumple con todos y cada uno de los presupuestos legales cumpliendo con las previsiones del art. 347 del Código Procesal Penal (CPP). Al no advertir vicios de nulidad que lo invaliden y que el mismo ha sido dictado en observancia de las formas previstas en las leyes, la Alzada resolvió confirmar el auto de apertura a juicio oral.

Según los antecedentes del caso, la investigación tuvo inicio en el año 2016 luego de una firma de convenio entre el FIDES, perteneciente al INDERT, y las mencionadas asociaciones, las cuales presuntamente habrían ocasionado un perjuicio patrimonial de Gs. 418.522.916 a la institución estatal.  Los procesados serían ordenadores de gastos de las ONG’s que habrían celebrado convenios con el Indert-Fides por lo tanto, debían proteger el patrimonio del INDERT ya que los millonarios montos fueron entregados a las organizaciones DADIS, ASOVSERVIC y Madre Tierra para llevar a cabo las obras, las cuales fueron realizadas con muchas falencias.

La organización Madre Tierra habría ocasionado un perjuicio de Gs. 69.815.603 al INDERT, mientras que la ONG’s ASOVSERVIC habría dañado al patrimonio del ente agrario por la suma de Gs. 199.493.346. De la misma forma, la imputación especifica que la organización DADIS presuntamente dañó al INDERT por Gs. 149.213.247.