La renuncia fue aceptada con la expresa salvedad de incluir los motivos y las circunstancias en la cual se da la situación. 

El magistrado fue acusado el pasado 19 de marzo por prevaricato, al igual que la actuaria judicial Gabriela Noemí Gaona Benítez; mientras que Denis Steven Bareiro Chávez, Carlos Alfredo Bereiro Benítez, responsables de Steven Automotores, y el oficial de justicia, Carlos Rubén Yrala Fernández, fueron acusados por estafa y asociación criminal.

Franco Garelik formó parte de la organización y con su aporte como Juez de Paz de Chacoi, fue fundamental y pieza clave en todo el esquema, pues resolvía y daba trámites de manera irregular a las demandas ingresadas en su despacho del Juzgado de Paz de Chacoi, para que él y el líder de la organización más sus colaboradores obtuvieran beneficios económicos, es así que, el mismo emitía el mandamiento de secuestro según el acta de procedimiento realizado en el domicilio del señor Jorge Franco Romero y secuestrado su automóvil cuando se encontraba atrasada en el pago de su cuota, y de los señores Natalia Bareiro Spurio, David Quiñonez Barreto, Ursula Karina Oviedo De Hermosilla, Natalia Paola Caceres, Mathias Ramon Acosta Arrua, Victor Gonzalez Aguilera, Jorge Ramon Yegros Rojas, Tania Raquel Fernandez Galeano, Maximo Leonardo Paredes, Rodolfo Cabral Vera, Marcelino Cuevas Villalba, Teodoro Francisco Tintel, Oscar Antonio Peña Ojeda, Diego Ismael Cabrera Oviedo, Maria Luisa Gimenez, Sonia Timotea Morinigo Martinez, según la acusación. 

El magistrado también es enjuiciado por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), por mal desempeño funcional, con base en una auditoría de gestión que reveló serias irregularidades en su despacho. 

Primer motivo: Actas de audiencias y resoluciones judiciales: la auditoría reveló que carecían de la firma del magistrado, muchas de ellas tramitadas hace más de un año  tengan la firma de juez, pero la auditoría encontró que no se cumplía la norma; habían actas de hace más de un año que carecían de su rúbrica.   

Segundo motivo: El equipo auditor indicó que no tuvo la debida colaboración de funcionarios y juez del despacho. 

El tercer motivo versa sobre sus actuaciones en el marco del expediente “Dionisio Azcona Bobadilla S/ protección de adultos mayores” en el cual el juez fue recusado, sin embargo con posterioridad a esto, libró un oficio a la Comisaria de la zona y ordenó la comparecencia del recusante en febrero del 2024 bajo apercibimiento de ordenar su presencia con agentes policiales de investigación de delitos; es decir estando recusado dispuso la comparescencia de una de las partes, en abierta violación a la disposiciones legales.  

El cuarto hecho tiene que ver con juicios en los que se prorrogó en jurisdicción, con grave perjuicio a los acusados. En la auditoría se detalla cinco expedientes con el denominador común del demandante, Denis Steven Bareiro – propietario de Steven Automotores –  en lo que las partes se sometieron a tribunales de Central o Asunción sin embargo los mandamientos de secuestro de automotores fueron emanados por el juzgado de Franco Garelik, un hecho “por demás inusual”, según el preopinante. 

El quinto hecho está nuevamente relacionado al expediente “Dionisio Ascona Bobadilla S/ protección de adultos mayores ”, en el cual no consta la agregación de recibió constitución de juez y no se halló la liquidación de la cobertura, instrumento habilitante para el cobro de la diligencia. 

La causal final que resalta la auditoría de gestión se remonta al lunes 12 de febrero de este año, en el cual el equipo auditor se constituyó a las 07:30 en el despacho de Franco Garelik, el cual se encontraba cerrado. Una hora después llegó el magistrado para proceder a la apertura, violando así el reglamento de funcionamiento y horario de los juzgados.

Este enjuiciamiento, al perder su calidad de magistrado, tendrá que ser cancelado por el órgano extrapoder una vez que la Corte comunique la aceptación de su renuncia.