El Abg. Guillermo Duarte, quien ejerce la defensa del exlegislador, manifestó que en el auto de apertura a juicio, el AI Nº 706 de fecha 05/07/2021 señala como posible monto del enriquecimiento ilícito G 1.705.315.135, mientras que en sus alegatos finales, las Fiscalía asegura que fue por G 5.732.612.873.
“Si analizamos el monto en el auto de elevación y el alegato inicial, hay diferencia de G 3.889.114.355 y si consideramos el alegato inicial de este juicio y el alegato final, existe una diferencia de G 138.183.383”, resaltó Duarte.
Cuestionó que la Fiscalía, representada por el fiscal Luis Piñánez un monto en el auto de apertura de inicio, una cifra en el alegato inicial y otra cantidad en el alegato final “y nosotros nos preguntamos de dónde sale el monto acusado por el Ministerio Público, cuál es la fuente, porque la pericia de Lic. Javier González nos habla de que tiene una diferencia G 4.229.050.476 en su consolidado que expone en el periodo 2009 a 2019, entonces la pericia tiene un monto que no coincide con ninguno de los montos de auto de apertura, alegatos iniciales y finales”.
Afirmó que el monto está directamente relacionado con el resultado típico del tipo penal de enriquecimiento, “tenemos que saber cuánto sale para saber si supera o no el gasto lícito. Ese elemento no puede variar, como no puede variar en un homicidio la víctima”.
Reclamó que en el presente juicio “se va a producir la violación del artículo 400 y es vicio de la sentencia declarar probado el hecho por un monto diferente al de la acusación, al del alegato inicial y del alegato final. Por eso reclamamos que desde ya la absolución por reproche y pena, por violación del principio de congruencia”.
Prosiguió con su alegato cuestionando los errores del Ministerio Público en cuanto a la construcción del caso, como en el rubro de venta de ganado del exdiputado, teniendo en cuenta que se excluyó el análisis de las planillas del Senacsa que según refiere, reflejan la venta de cabezas de ganado por parte de Cuevas.
“En el rubro tasación y mejoras, dijo que hay una contradicción intolerable, inaceptable, que nos pone en indefensión”, enfatizó y finalmente, se dirigió al Tribunal alegando que se puede concluir que en este juicio “no podemos decir que está acreditado el tipo penal de enriquecimiento, porque no tenemos luego el elemento objetivo del tipo resultado definido, por lo que también solicitamos la absolución”
En cuanto a la declaración DDJJ falsa, el letrado sostuvo que “el caudal fáctico traído a juicio por el Ministerio Público no puede ser subsumido en la norma del artículo 243 (Declaración Falsa) porque se violaría el artículo 18 de la Constitución Nacional (nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo), debido que es un hecho punible contra la prueba testimonial y la prueba testimonial esencialmente es la declaración de una persona hacia otra persona, no puede ser nunca respecto de sí mismo porque estaríamos aceptando que uno puede constituir pruebas sobre sí mismo y eso es inaceptable desde el punto de vista de la Constitución”.
En síntesis, dijo que la eventual declaración falsa ante la Contraloría es “una falta administrativa indicativa de otro hecho punible, como el enriquecimiento ilícito, pero no es una conducta típica per se”, por lo que también pidió la absolución de reproche y pena sobre este hecho.
El viernes 15 a las 7:30 proseguirá el juzgamiento que entra en su etapa decisoria, con la réplica y dúplica.



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