"Se observa además que, en la resolución apelada, el Juez Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos del Segundo Turno, ha fundamentado en forma clara y concisa el porqué de su decisión (admitir la imputación), por ende, resulta debidamente fundado el decisorio tomado por A.I. Nro. 348 de fecha 12de setiembre del 2024, y además conforme esta Magistratura ha corroborado que se cumple a cabalidad lo dispuesto en las normativas", refiere el fallo del tribunal de segunda instancia.