Mediante el Acuerdo y Sentencia N° 05 del 15 de agosto de 2026, el Tribunal hizo lugar a la Acción de Nulidad promovida por Ulise Ramón Arias Bazan y declaró la nulidad absoluta de la Asamblea General Extraordinaria N° 1 de APROAM realizada el 20 de julio de 2026.
La resolución deja sin efecto todos los actos eleccionarios y administrativos derivados de dicha asamblea. Esto incluye la proclamación del propio Ing. Cantaluppi Alegre como presidente electo de la Comisión Directiva y todas las gestiones que venía impulsando a nombre de APROAM.
Con el fallo, quedan sin validez jurídica los trámites, notas y convenios iniciados por Cantaluppi Alegre en representación de APROAM ante instituciones del Estado.
El Tribunal impuso las costas en el orden causado y ordenó remitir copia al Tribunal Superior de Justicia Electoral.
Ahora la APROAM deberá convocar a una nueva asamblea conforme a estatutos para elegir autoridades y recuperar la institucionalidad.



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