Son 45 las personas despedidas injustificadamente cuyos beneficios laborales no habían sido cumplidos por una resolución de IPS. “Esa resolución fue recurrida ante el Tribunal de Cuentas, que falló a favor de los trabajadores diciendo que IPS debe cumplir; esa resolución es del 2018 y se ejecuta como una ejecución de sentencia en el fuero laboral. Eso se presentó ya en el 2020 y todavía el Juzgado no emite resolución al respecto, pese a que IPS ha contestado la demanda diciendo que están de acuerdo a que deben de pagar, pero no estaban de acuerdo en el monto”, comentó Carlos Agüero León, abogado representante de las víctimas.
Agregó que los afectados se reunieron con el magistrado a los efectos de decirle “si es que va a esperar que estas persona mueran para emitir su resolución”
El expediente se encuentra en el Juzgado Laboral Quinto Turno, Secretaría Nº 9. “Falta que el Juez resuelva la liquidación de lo que ya el Tribunal de Cuentas resolvió contra lo que contestó IPS. La Providencia es del 27 de diciembre del 2022, desde esa fecha están parados estos autos”, sentenció.
El Observador



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