El informe indica que en la mayoría de los casos hubo antecedentes de violencia que las víctimas habían denunciado y que todos los victimarios tenían un vínculo de tipo íntimo con la víctima (esposos, parejas o exparejas sentimentales). Igualmente, revela que los hechos ocurrieron en la casa de la víctima.

Así también, menciona que la aplicación de la ley en las sentencias judiciales para casos de feminicidio aporta información para medir la eficacia y evolución de los procesos en el marco de la ley. Además, busca contribuir en la formulación de políticas públicas para la prevención, atención, protección y sanción de los casos de violencia y del feminicidio.

En ese contexto hay que señalar que según datos de la Fiscalía, de enero hasta el 19 de setiembre de este año se reportaron 18 casos de feminicidio, de los cuales 5 se registraron en la vía pública y el resto en la vivienda de las víctimas.

Responsabilidades públicas

El análisis, que será presentado este lunes 6 de diciembre en La Preferida, a las 12:30, resalta la necesidad de profundizar en el uso de los instrumentos internacionales para el estudio de los casos judiciales. Menciona también la ausencia de un análisis del contexto cultural y socioeconómico.

Así también, remarca que la violencia sigue siendo considerada una cuestión privada y no se analizan las responsabilidades públicas, si los hechos podían haber sido prevenidos y si los agentes estatales actuaron con la debida diligencia en la prevención y atención de los casos de violencia.

Igualmente, es importante indicar que el feminicidio, como un tipo penal autónomo fue incorporado en la legislación paraguaya con la Ley5777/16, “De protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia”, que reconoce la violencia contra las mujeres de manera especial y se distinguen diferentes ámbitos donde ella se manifiesta.