Delvalle sostiene que la conducta de los acusados es típica, considerando que tuvieron la intención de obtener bienes patrimoniales, los cuales provinieron de fondos resultantes de los pagos de cuotas de clientes de Mocipar Automotores SA, Mocipar Propiedades SA y Mocipar Hogar SA, sin que estos hayan tenido una contraprestación, a conformidad de la culminación de los respectivos contratos, sino que mediante las cláusulas y mediante propuestas propias de la estructura empresarial, buscaron obtener beneficios patrimoniales indebidos, pues los hoy acusados, en nombre y representación de las firmas, realizaron declaraciones falsas sobre hechos que indujeron al error de las víctimas, llevándolas al error acontecido a disponer de su patrimonio y a sufrir el consecuente perjuicio, con la técnica articulada de los contratos y con la promoción y transmisión de sorteos televisivos, que inspiraba confianza al cliente, más, estos simplemente fueron personas aportantes que solo crearon beneficios unilateralmente para los hoy acusados, agrega la imputación.

Los contratos elaborados tenían el propósito de inducir al engaño de creer las promesas y además de inducir al error.

El Ministerio Público habla de un perjuicio de G. 867.087.725.

La acusación también describe conducta conducente a la quiebra, conducta indebida en situación de crisis, evasión de aporte a la seguridad social, lesión de confianza y lavado de activos.

El Observador