El caso comenzó con una denuncia de abuso sexual, basada en el testimonio de una menor, quien describió dos incidentes en los que habría sido tocada inapropiadamente. A lo largo de la investigación, se realizaron exámenes médicos y psicológicos.
Los exámenes médicos no mostraron lesiones consistentes con la denuncia, y los análisis psicológicos concluyeron que, aunque el relato de la menor podría ser creíble, “no se hallaron daños psicológicos” que indicaran abuso en ese momento. Además, una evaluación adicional del testimonio de la menor determinó que “no era lo suficientemente creíble”.
La petición se basa en la falta de elementos probatorios que permitan sostener la acusación y la imposibilidad de incorporar nuevos indicios que justifiquen la apertura de un juicio oral. Alega que, tras varios meses de investigación, “no se encontraron pruebas suficientes” para sostener la acusación.
Entre las pruebas clave se destaca la declaración de la menor a través de Cámara Gesell, la cual fue considerada «no creíble» por los especialistas. La naturaleza de esta prueba, irreproducible y obtenida como anticipo jurisdiccional, llevó al Ministerio Público a desestimar la sospecha inicial contra el imputado.
Los informes médicos y psicológicos realizados también contribuyeron a la decisión. Según el análisis forense, las lesiones observadas en la menor no son consistentes con un abuso, sino que podrían haber sido causadas por procedimientos estéticos previos, como la depilación láser. Además, el Ministerio Público señaló que no existen indicios adicionales que permitan vincular al imputado con las supuestas lesiones de la víctima.
Ante esta situación, la fiscalía solicitó al juez el sobreseimiento definitivo, argumentando que continuar con la causa violaría el principio de plazo razonable para el imputado y la integridad del proceso. La defensa del encausado ha mantenido su postura de inocencia desde el inicio.
El juez Raúl Florentín había rechazado solicitud del fiscal Aldo Cantero de abreviar el plazo.
La querella, representada por la abogada Bettina Legal, se opuso, argumentando que la solicitud fue hecha sin notificación previa ni fundamentos adecuados.
Sin embargo, Cantero se ratificó en el pedido de sobreseimiento definitivo.



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