El argumento principal de la defensa de Prieto fue que los fiscales recusados fue la divulgación a los medios de comunicación del acta de imputación; otro punto que cuestionaron fue que su defendido fue notificado solamente vía Whatsapp de la imputación.

“Es evidente que existen circunstancias específicas que comprometen gravemente los criterios de actuación de parte del Ministerio Público porque además de facilitarle información a terceros se negó información a ésta defensa técnica en el sentido del pedido de informe del registro de todas las causas que se le sigue a mi defendido, informe solicitado en fecha 29 de mayo del 2023 conforme lo acredito con el acuse de recibo firmado y sellado por el auxiliar fiscal Olga Marisa Román, el mismo pedido de informes fue denegado a la defensa pero apenas se sorteó la imputación en una de las causas ya el país se enteró de la situación sin que él mismo fuera notificado a mi defendido”, expresa.

En su descargo, los fiscales negaron haber facilitado información a ningún medio periodístico ni se negaron a darle a la defensa técnica.

«Es importante resaltar que el conocimiento que pudieran tener los medios de prensa de actuaciones remitidas al Poder Judicial escapan al control del Ministerio Público” . De esta misma manera, no puede ser considerado como causal de recusación la notificación vía whatsapp del acta de imputación, el cual como bien manifestó la recurrente, es realizado por el Juzgado de Garantías de Delitos Económicos y no por parte del Ministerio Público».

Tras analizar los hechos , la Fiscalía Adjunta concluyó que el recurrente no presenta una situación concreta como causal de apartamiento de los fiscales, “más bien se constata una disconformidad con la actuación procesal de los representantes fiscales recusados, lo cual no es causal de recusación conforme a lo establecido en el art. 57 del C.P.P.”, por lo que fue rechazada la recusación.

El Ministerio Público investiga al intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto y otras diez personas, por el hecho punible de lesión de confianza, mediante la compra ficticia de 25.000 kits de cestas básicas para familias de escasos recursos, que ocasionó un perjuicio de G. 1.769.790.000 a la comuna.

Según los antecedentes, la adquisición se concretó en abril de 2020, durante la pandemia del covid-19, por vía de la excepción y la beneficiada fue la empresa Tía Chela SRL. “Se habría ajustado o simulado cadena de compra-venta, en la cual había participado la firma Vanemi SA, cuya representante legal Emili Vanessa Florentín Páez, es del entorno de Prieto”, refiere parte de la imputación.