La Fiscalía contestó el recurso de apelación especial que presentó el ex legislador Hernán Rivas, rechazando los supuesto agravios que planteó la defensa del hoy condenado. Piden que se confirme la sentencia en su contra en la que dice que no se pudo probar que cursó la carrera de Derecho y causó un “daño institucional”.
Según los fiscales, la mera disconformidad con la valoración de las pruebas sin cuestionar concretamente las fallas de la sentencia, esto no puede tomarse como “una infracción legal” que justifique cambiar el fallo.
Además, que la sentencia está debidamente fundamentada, por lo que solicitaron que se confirme íntegramente la condena.
Rivas pide ser sobreseído por “no probarse” su culpa, dice
El pasado 10 de octubre, la abogada Alba Zaracho, defensora de Hernán Rivas, apeló la sentencia del 24 de setiembre de este año por supuestos “agravios irreparables” y porque es “un hecho prescrito”.
Hernán Rivas, condenado por título falso.
Foto: Andrés Catalán.
Citó que los jueces María Fernanda García de Zúñiga, Juan Carlos Zárate y Yolanda Portillo dictaron una sentencia sobre una errónea aplicación de la ley penal.
Respecto al hecho punible de producción mediata de documento público de contenido falso, la postura de la abogada es que ya estaba prescripto el 3 de junio de 2023; es decir, 3 años después de que Rivas sea designado como representante del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), atribuyéndose ser abogado.
Negó que “el fuero parlamentario” de Rivas detuvo el plazo de prescripción.
“En este delito, la consumación y la terminación ocurren al mismo tiempo, cuando el documento queda elaborado”, expresó.
Rivas pidió a través de su abogada que el Tribunal de Apelación declare directamente la prescripción y lo absuelva, o en todo caso, que se declare nula la sentencia y se reenvié para un nuevo juicio.
¿Qué dice la condena?
En la sentencia, los jueces María Fernanda García de Zúñiga, Juan Carlos Zárate y Yolanda Portillo declararon al ex senador como “un alumno fantasma”.
Con esto, fue condenado a 8 años por los hechos de producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso.
Se comprobó en el juicio que los documentos de Rivas se expidieron sin “verificar si cursó la carrera” y se registró por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) en solo seis minutos.





