Según el Fiscal, el hoy acusado “aprovechó su calidad de autoridad máxima para adjudicar indebidamente (propiedades) a 13 personas por debajo de lo debidamente establecido, sin una justificación normativa ni legal para ello».
Para la Fiscalía, el perjuicio ocasionado a las arcas públicas reviste una gravedad institucional severa, considerando que el procesado ostentaba el título de abogado, lo que le otorgaba pleno discernimiento sobre la ilegalidad de sus actos.
«Con su actuar produjo una disminución, un perjuicio a una institución pública que exigía el mayor de los cuidados y la sensibilidad requerida; mediante el actuar displicente, desde el año 2011 y 2012 el INDERT dejó de percibir un ingreso debido y legal amparado por la ley».
Subrayó que Ortigoza, en aquel entonces, tenía la calidad de abogado, “es decir que tenía conocimiento amplio para conocer las leyes que reglamentaban su función, sus responsabilidades y sus límites. Sin embargo, al momento de ejercer su función tan solo se obtuvo sobre aspectos supuestamente justos y equitativos que fueron sostenidos por el acusado sin sustento».
Además calificó la conducta posterior del procesado como «displicente», criticando su renuencia a someterse al proceso. «El acusado fue renuente a los mandatos de la justicia. Estuvo en rebeldía por un periodo aproximadamente de 5 años y no tenía intención de someterse a la justicia, salvo por la actividad de la Policía Nacional que lo termina aprehendiendo en su casa. Incluso más, también se señaló cuando dijo que ‘la rebeldía era estar en un estado muy cómodo'».



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