Los diputados deberán decidir entre ratificar la propuesta que habían aprobado inicialmente o aceptar los cambios incorporados posteriormente por la Cámara de Senadores. La discusión se produce en medio de cuestionamientos por las diferencias que continúan existiendo entre las condiciones jubilatorias de los parlamentarios y las aplicadas a la mayoría de los trabajadores.
Un régimen exclusivo que sobrevive a la reforma
El Senado modificó en mayo varios puntos de la propuesta proveniente de Diputados, aunque no eliminó el Fondo de Jubilaciones para los miembros del Poder Legislativo. En consecuencia, independientemente de cuál de las dos versiones termine imponiéndose, el Congreso conservaría un sistema previsional diferenciado.
Uno de los principales cambios afecta a la jubilación extraordinaria. Diputados había establecido que un legislador podía acceder al beneficio desde los 55 años, siempre que acumulara al menos 120 meses de aportes.
La Cámara Alta elevó esa edad mínima a 60 años, pero mantuvo la exigencia de 120 meses de contribuciones, equivalentes a diez años.
Jubilación ordinaria mantiene el 80%
Las condiciones para acceder a la jubilación ordinaria prácticamente no presentan diferencias entre ambas propuestas.
El requisito permanece establecido en 60 años de edad y 180 meses de aportes, es decir, 15 años de contribuciones al Fondo.
El haber jubilatorio ordinario seguirá representando el 80% del promedio correspondiente a las dietas y gastos de representación percibidos durante los últimos 180 meses de aportes.
Para quienes accedan a la jubilación extraordinaria, el beneficio continuará fijado en el 60% del promedio de las remuneraciones consideradas durante los últimos 120 meses.
De esta manera, pese a las modificaciones introducidas durante el trámite legislativo, uno de los principales cuestionamientos al sistema permanece: los congresistas continuarían contando con condiciones específicas de retiro establecidas mediante un régimen propio.
Parlamentarios activos deberán aportar el 24%
También existen diferencias importantes entre ambas cámaras respecto a los aportes que deberán realizar quienes ya se encuentren jubilados.
La propuesta aprobada inicialmente por Diputados establecía una contribución del 11% sobre jubilaciones de hasta G. 15 millones. Para la porción del haber que superara esa cifra, el porcentaje ascendía al 15%.
El Senado reemplazó ese esquema escalonado por una tasa única del 16% aplicada sobre los haberes jubilatorios.
Para los legisladores en actividad, en tanto, se establece un aporte obligatorio equivalente al 24% calculado sobre la dieta y los gastos de representación.
Senado permite recuperar hasta el 95% de los aportes
Otro punto modificado está relacionado con aquellos parlamentarios que decidan retirarse del sistema sin acceder a la jubilación.
Diputados había autorizado la devolución del 85% del dinero aportado. El Senado elevó considerablemente ese porcentaje y estableció la posibilidad de recuperar hasta el 95% de las contribuciones realizadas.
El desembolso se efectuaría de una sola vez.
Como contrapartida, quien opte por retirar sus aportes perderá definitivamente la antigüedad acumulada dentro del Fondo, sin posibilidad de recuperarla posteriormente.
Cambian las condiciones para jubilación por invalidez
La Cámara Alta también modificó sustancialmente el mecanismo previsto para las jubilaciones por invalidez.
La propuesta original de Diputados contemplaba un cálculo basado en un porcentaje de la dieta y los gastos de representación del legislador. Ese monto podía incrementarse de acuerdo con la cantidad de años durante los cuales hubiese ejercido funciones parlamentarias.
El Senado eliminó esa fórmula y estableció un mecanismo mucho más restrictivo: el beneficio por invalidez quedaría fijado en el equivalente a un salario mínimo legal vigente para actividades diversas no especificadas.
Senado elimina nuevas pensiones para familiares
Una de las mayores diferencias entre ambas versiones aparece en el régimen de pensiones.
El texto de Diputados incluía un capítulo específico destinado a familiares de legisladores jubilados o de parlamentarios que ya hubieran reunido las condiciones necesarias para obtener la jubilación.
Entre los beneficios previstos figuraba una pensión para el cónyuge o concubino equivalente al 25% de la jubilación, disponible desde los 65 años.
El Senado decidió directamente eliminar ese capítulo.
La propuesta de la Cámara Alta concentra el nuevo régimen esencialmente en las jubilaciones y solamente reconoce como pensionados a quienes ya poseían esa condición antes de la entrada en vigencia de la futura normativa.
Esto significa que el texto del Senado no crea el mismo esquema de nuevas pensiones familiares contemplado originalmente por Diputados.
También desaparece revisión de pensiones consideradas privilegios
Otra disposición eliminada por los senadores estaba relacionada con la posibilidad de revisar beneficios previamente otorgados.
La versión de Diputados permitía que la Comisión Administradora examinara determinadas pensiones y eventualmente las revocara cuando fueran consideradas perjudiciales para la sostenibilidad financiera del Fondo.
El mecanismo también contemplaba intervenir cuando algún beneficio pudiera ser considerado un privilegio incompatible con el principio de igualdad.
La disposición estaba contenida en el artículo 36 del proyecto aprobado por la Cámara Baja, pero desapareció durante el tratamiento realizado posteriormente en el Senado.
Diputados tiene nuevamente la decisión
Con las modificaciones ya aprobadas por la Cámara Alta, el proyecto vuelve ahora al escenario político de Diputados.
La Cámara Baja deberá resolver este martes qué versión prevalecerá y, con ello, cuáles serán finalmente las condiciones del sistema jubilatorio de los parlamentarios.
Aunque las modificaciones del Senado eliminaron beneficios y elevaron determinados requisitos, el elemento central permanece sin cambios: los integrantes del Congreso seguirían contando con un Fondo de Jubilaciones propio y con reglas distintas de las que rigen para gran parte de la ciudadanía.
La discusión, por tanto, ya no se concentra solamente en la edad mínima, los porcentajes de aportes o las condiciones para retirar el dinero acumulado. El debate de fondo continúa siendo la propia existencia de un régimen previsional exclusivo para quienes ocupan bancas en el Poder Legislativo.



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