El juez Osmar Baeza informó que antes de otorgar la libertad ambulatoria a Marcelo Giménez Duarte, se cumplieron las cuatro etapas establecidas en el Código Penal.

“Sacamos un acto interlocutorio en el que determinamos la fecha en la que el interno condenado puede ser beneficiado con la salida transitoria en libertad, luego con la libertad condicional y luego la fecha para el compurgamiento de la pena”, explicó el magistrado, en una entrevista con el canal Gen.

Primero llega el periodo de observación y adaptación con un plazo de 15 a 45 días. Luego se pide informe a los organismos criminológicos y a los psicólogos del Poder Judicial y de la Penitenciaría. En caso de dar positivo, se avanza al periodo de tratamiento. Cuando se alcanza la mitad de la pena, se solicitan nuevamente todos los informes a la trabajadora social y a las psicólogas, además, los antecedentes judiciales y penales.

Si todos los informes son favorables, la ley establece que pueden ser beneficiados con la salida transitoria o la semilibertad.

No puedo adivinar, no puedo saber porque es la primera vez que ocurre esto, que un condenado mío haya realizado presuntamente eso”, comentó el juez. En cuanto a las tobilleras electrónicas, aseguró que no están disponibles.