El 21 de marzo pasado, la jueza envió su escrito a la presidenta del Tribunal de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral del segundo turno, en el que dio su versión con respecto a la queja en su contra.
Señaló que el expediente fue iniciado el 17 de noviembre de 2020, tras una fallida notificación del 14 de diciembre del mismo año y así fue detallando lo que pasó en el caso en el que se la cuestionó.

“Los motivos por los cuales no se había dictado la resolución más o menos ya se tiene explicado, pero además es por todos conocidos que el Departamento Central tiene la mayor cantidad de causas a nivel país, es absolutamente imposible dictar sentencia en tiempo con la cantidad excesiva de expedientes a cargo de un juzgado con una sola secretaría, los funcionarios solo logran hacer las providencias de mero trámite, y las resoluciones de cajón, quedando a cargo del juez la revisión minuciosa de cada una de las resoluciones (sentencias, auto interlocutorios y providencias) a ello debe sumarse que también el juez debe estar presente en las audiencias y dirimir los incidentes dentro de las audiencias llevadas a cabo a diario si se presentare, elevar informes trimestrales y cuatrimestrales etc., contestar informes de recusación con causa que se presentan en general”, manifestó la magistrada Ferreira.

El Observador