La magistrada Esquivel explicó en su resolución, que el 24 de julio pasado se tenía que realizar la imposición de medidas para Duarte Servían, pero se suspendió a pedido de su defensor, el abogado Félix Arístides Duré. Alegó que coincide con la recusación presentada contra los fiscales Lorenzo Lezcano, Inés Álvarez, José Cazal y Federico Delfino; además que el imputado se encuentra con problema de salud que le impide participar de la diligencia.

En la ocasión, la fiscal Claudia Morrys, quien reemplazó a los recusados, resaltó que era la tercera ocasión que se suspende la audiencia por pedido de la defensa. En consecuencia, la fiscal pidió que se declare la rebeldía y se orden la captura del procesado.

Acusación

Según los antecedentes, el fiscal Lorenzo Lezcano acusó y pidió juicio oral para Julio César Duarte Servían, quien, según el agente del Ministerio Público, colaboró en forma activa para el secuestro de Vicente Arsenio Centurión. El principal sindicado en esta causa es Luis Darío Candia Zelada, quien habría contado con la complicidad de Duarte, quien tiene otra acusación por lavado de dinero proveniente del narcotráfico. Sin embargo, el mismo goza de arresto domiciliario otorgado por los jueces Gloria Hermosa, Dina Marchuk y Víctor Alfieri, quienes se encargarán de juzgarlo.

“Esta representación fiscal tiene certeza de que el acusado Julio César Duarte Servían, colaboró activamente en el secuestro de Vicente Arsenio Centurión. Estas afirmaciones imparten desde la declaración testimonial realizada bajo anticipo jurisdiccional del secretario de Duarte, el señor César Alexis Eliceche Núñez, a quien solicitó que vaya al encuentro del hijo de la víctima José Carlos Centurión”, dice el escrito.

ARRESTO DOMICILIARIO

El 31 de marzo pasado, el Tribunal de Sentencia integrado por Gloria Hermosa, Dina Marchuk y Víctor Alfieri, otorgó arresto domiciliario a Julio César Duarte Servían, acusado de ser parte de una asociación criminal que comercializaba drogas y se beneficiaba económicamente por su venta. Además de lavado de dinero.

Los jueces habían rechazado en cuatro ocasiones anteriores la revisión de medidas, a través de las resoluciones del 31 de agosto de 2022; 29 de setiembre; 29 de octubre y 23 de diciembre. En todas estas decisiones, los magistrados alegaron peligro de fuga, considerando la alta expectativa de pena, que es hasta 15 años.

Sin embargo, en el Auto Interlocutorio 191 del 31 de marzo de 2023, los jueces dijeron en cuanto al peligro de fuga, que el arraigo está demostrado con contrato de alquiler, fianza real de G. 5.500 millones y cauciones personales por G. 2.5

00 millones, “asegurando el sometimiento del acusado a los mandatos de la justicia.

En cuanto a la obstrucción, los magistrados señalaron que el Ministerio Público ya terminó los actos investigativos y que ya se tiene fecha y hora para el juicio oral. “En consecuencia, ha desparecido el peligro de obstrucción…”, agregaron