El caso se remonta a diciembre de 2019, cuando una familia paraguaya quedó varada durante cinco días en Bariloche, Argentina, sin recibir ningún tipo de asistencia por parte de la empresa, pese a las condiciones extremas, con temperaturas de hasta -25 °C.
SEDECO sancionó a LATAM con una multa de 100 jornales mínimos (G. 8.434.000) y exigió el resarcimiento por los daños patrimoniales y morales sufridos.
LATAM presentó recursos de nulidad y apelación, que fueron rechazados por el máximo tribunal.
La Corte sostuvo que los derechos del consumidor tienen rango constitucional y que las sanciones deben ser ejemplares.
Se reafirma que los proveedores están obligados a tomar medidas razonables para evitar daños y no pueden escudarse en tecnicismos legales.
SEDECO recordó que quien contrata un servicio tiene derecho a recibirlo en condiciones adecuadas y que las empresas deben asumir sus responsabilidades ante fallas.



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