Se trata del A.I. Nº 109 del 10/12/2024, dictado por el Juez Penal de Ejecución Carlos Luis Mendoza Peña, que fue apelado por la Fiscalía. Dicho fallo dispuso un cambio en las salidas transitorias establecidas a la condenada, en las últimas dos semanas del presente mes, “única y exclusivamente” la salida en fecha 24 de diciembre a las 08:00 horas, y fecha de regreso, el 26 de diciembre a la misma hora, por la cuarta semana, en la que no saldrá en las fechas regularmente establecidas para sus salidas transitorias, ya que estas son trasladadas para su salida transitoria el día 24 a las 08:00, debiendo retornar a la institución penitenciaria el día 26 a las 08:00 horas.

Así mismo, se dispuso que por la quinta semana de diciembre, le corresponde la salida del día 01 de enero del 2025 a la misma hora, para luego volver al régimen regular de sus salidas transitorias en la primera semana del mes de enero del 2025.

El fiscal de Ejecución, Gabriel Palumbo, apeló esta resolución alertando que “no reúne los presupuestos y carece de fundamentaciones necesarias para otorgar dicha salida especial, conforme a que la misma ya fue beneficiada con salidas transitorias por el Juzgado”.

En un análisis reducido a un párrafo, los camaristas Bibiana Benítez Faría, Delio Vera Navarro y José Agustín Fernández, concluyeron que el auto apelado se ajusta a derecho bajo el siguiente argumento:

“El A-quo ha resuelto el cambio de las salidas transitorias temporales de las dos últimas semanas de diciembre, indicando una clara justificación, de cuáles son los motivos para otorgar temporalmente dichas salidas; y uno de esos motivos es que la condenada se encuentra cumpliendo íntegramente el beneficio de las salidas transitorias, que le fueron otorgadas por A.I. N° 47 de fecha 15 de marzo de 2024, ampliada por A.I. N° 92 de fecha 14 de noviembre de 2024, por lo que esta Magistratura considera que la decisión asumida por el Juzgado de Ejecución es la correcta, no obstante, se debe resaltar la importancia de que se arbitre los medios necesarios para hacer efectivo el cumplimiento estricto de la condenada a lo establecido por el Juzgado a cargo, en el sentido de retornar a su lugar de reclusión el día 2 de enero del 2025”.

CÁMARA GENEROSA CON NARCO

No es la primera vez que alias La Viuda es beneficiada por los mismos camaristas, ya que en diciembre del 2023 la jueza de ejecución Sandra Kirchhofer rechazó el otorgamiento de las salidas transitorias en el Auto Interlocutorio A.I. N° 2393 y ordenó que siga tratamiento psicológico por seis meses más antes de volver a evaluar la viabilidad de la aplicación del beneficio.

Dicha resolución fue apelada por la defensa y revocada por la Cámara, lo que le permitió a la condenada contar con dicho beneficio y poder salir de prisión los fines de semana.

“Esta Alzada no encuentra impedimentos legales a fin de que la interna pueda ser beneficiada con las salidas transitorias, pues efectivamente cumple con cada uno de los requisitos dispuestos por el Art. 59”, resalta parte de la decisión, asentada en el A.I. N° 47 de fecha 15 de marzo de 2024.

María Estela Arguello, de acuerdo al cálculo establecido en Ejecución, compurgará su pena de 14 años el 13 de octubre de 2030 y a partir del 13 de febrero de 2026 tendrá derecho a solicitar su libertad condicional.

Fue condenada el 23 de septiembre de 2022, por tráfico internacional de cocaína y asociación criminal junto a otros miembros de su banda, por el Tribunal compuesto por las juezas Gloria Hermosa (presidenta), Alba González, y Mesalina Fernández.

El Observador