La decisión administrativa se dio a conocer este jueves a través del Boletín Oficial del gobierno argentino.
Con esta medida son 237 los puntos de ingreso y egreso, tanto terrestres, como fluviales, marítimos y aéreos, que comenzarán a operar de acuerdo a las condiciones previas a la pandemia, aunque con requisitos relacionados al control del coronavirus.
El artículo 6 del documento señala: “Todos los puntos de entrada al país habilitados previo al dictado de la presente o conforme lo establece este artículo y los puntos de ingreso al territorio nacional que a futuro se coordinen podrán operar en las condiciones pactadas previo a la vigencia del Decreto Nº 260/20 -sin requerir ser ‘corredor seguro’-, con las excepciones sobre los requisitos sanitarios exigidas en la presente decisión administrativa”.
Los requisitos que se mantendrán, además de los migratorios propiamente, figura una declaración jurada sobre el estado de vacunación y ausencia de síntomas de covid-19, además de un seguro de salud covid-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.



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