Desde este 2 de noviembre rige de forma oficial el calendario 2026-2027 para la protección de especies acuáticas en el país, según la última resolución emitida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).
La norma impone un cese general de actividades hasta el 21 de diciembre de 2026. Este mismo plazo rige para los sectores fronterizos con Argentina en los ríos Pilcomayo, Paraguay y Paraná.
Sin embargo, el escenario cambia en los límites compartidos con Brasil, donde los tratados internacionales fijan la restricción hasta el 31 de enero de 2027.
Esta medida abarca toda la extensión del río Apa, la cuenca alta del Paraná hasta el Yguazú, y el trayecto del río Paraguay comprendido entre el río Negro y el Apa.
La disposición veta de manera tajante la extracción comercial o deportiva, la circulación de cargamentos, la venta de ejemplares y la utilización de herramientas de captura. Desde la institución ambiental solicitan un acatamiento estricto por parte de los gremios para asegurar el ciclo reproductivo y la continuidad de la fauna en los recursos hídricos.





